Abogados especialistas en impugnación de sanciones disciplinarias

Impugnación de Sanciones Disciplinarias
Si tu empresa te ha sancionado, puedes impugnarlo

Si tu empresa te ha impuesto una sanción, no significa que sea definitiva ni que tengas que aceptarla sin más. Como trabajador, puedes revisarla y, si no estás de acuerdo, impugnarla.

Las sanciones deben estar previstas en el convenio colectivo o en el Estatuto de los Trabajadores, y además deben ser proporcionales a la conducta que se te atribuye. Si no se cumplen estos requisitos, la sanción puede anularse.

El plazo para impugnar una sanción ante el juzgado de lo social es de 20 días hábiles desde que te la notifican. Por eso es importante actuar con rapidez y consultar cuanto antes.

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Situaciones más habituales

Suspensión de empleo y sueldo

La empresa te suspende de empleo y sueldo por una supuesta falta grave o muy grave.

Amonestación escrita

Recibes una amonestación formal que puede afectar a tu expediente laboral.

Sanción desproporcionada

La sanción impuesta no guarda proporción con la conducta que se te atribuye.

Sanción sin procedimiento correcto

La empresa no ha seguido el procedimiento establecido en el convenio o la ley.

¿Te han sancionado en el trabajo?

No aceptes una sanción sin revisarla. Un abogado laboralista puede analizar si es proporcional, si se ha seguido el procedimiento correcto y si conviene impugnarla.

    He leído, comprendo y acepto la Política de Privacidad.

    Nuestros Compromisos

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    Te asesoramos de forma sencilla y sin tecnicismos.

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    Atenderemos tu caso en un plazo de 48 horas.

    Qué incluye nuestro servicio

    Revisión de la sanción y el convenio

    Analizamos si la sanción está prevista en el convenio y si es proporcional a la conducta.

    Comprobación de plazos y procedimiento

    Verificamos que la empresa ha seguido el procedimiento correcto y que no ha prescrito la falta.

    Impugnación ante el juzgado

    Presentamos la impugnación ante el juzgado de lo social dentro del plazo de 20 días hábiles.

    Defensa en juicio

    Te representamos y defendemos durante todo el procedimiento judicial.

    Nuestro proceso paso a paso

    Pide la sanción por escrito

    La empresa debe comunicar la sanción por escrito con los hechos imputados y la fecha.

    Firma "no conforme"

    Si te piden firmar, hazlo añadiendo "no conforme". Solo confirmas que la has recibido.

    Revisa si es proporcional

    Las sanciones deben estar previstas en el convenio y ser proporcionales a la conducta atribuida.

    Impugna en 20 días hábiles

    Las sanciones pueden impugnarse ante el juzgado de lo social en un plazo de 20 días hábiles.

    Busca asesoramiento

    Un abogado laboralista puede revisar la sanción y valorar si la empresa ha actuado correctamente.

    Preguntas frecuentes sobre sanciones disciplinarias

    No. Puedes firmar «no conforme» y tienes 20 días hábiles para impugnarla ante el juzgado de lo social.

    Si no impugnas en 20 días hábiles, la sanción se considera firme y no podrás reclamar después.

    Sí, la acumulación de sanciones puede justificar un despido disciplinario. Por eso es importante impugnar las que no sean procedentes.