Abogados especialistas en jubilaciones

Jubilaciones
Conoce las diferentes modalidades de jubilación y cuál te corresponde

En España existen diversas pensiones y jubilaciones que se dividen en diferentes tipos según factores como la edad, el tipo de trabajo o el grado de discapacidad. También hay modalidades para quienes no se retiran completamente y realizan alguna actividad laboral.

Jubilación ordinaria

Se produce al alcanzar la edad de jubilación ordinaria que establece la Seguridad Social. La edad varía según la cotización acumulada: 65 años con cotización completa o hasta 67 años en 2027 para quienes han cotizado menos. Requiere un mínimo de 15 años cotizados.

Jubilación anticipada

Permite jubilarse antes de la edad ordinaria. Puede ser voluntaria (hasta 2 años antes) o por cese no voluntario (hasta 4 años antes), con coeficientes reductores que disminuyen la pensión. También existe la anticipada por discapacidad y por trabajos penosos o tóxicos.

Jubilación compatible con el trabajo

La jubilación activa permite seguir trabajando percibiendo un porcentaje de la pensión. La jubilación flexible y la parcial permiten reducir la jornada y cobrar proporcionalmente.

Jubilación demorada

Para quienes deciden seguir trabajando más allá de su edad ordinaria. Como incentivo, la base reguladora se incrementa o se puede optar por una bonificación única.

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Tipos de jubilación más habituales

Jubilación ordinaria

Al alcanzar la edad legal con un mínimo de 15 años cotizados. Sin descuentos en la pensión.

Jubilación anticipada voluntaria

Hasta 2 años antes de la edad ordinaria. Requiere 35 años cotizados. Se aplican coeficientes reductores.

Jubilación anticipada por cese no voluntario

Hasta 4 años antes, con menos descuento. Requiere 33 años cotizados y situación de desempleo.

Jubilación anticipada por discapacidad

Desde los 52-56 años para trabajadores con discapacidad del 45% o 65% según el caso.

Jubilación activa

Permite seguir trabajando y cobrar un porcentaje de la pensión. Requiere superar un año la edad ordinaria.

Jubilación parcial

Reducción de jornada (25-75%) cobrando la pensión proporcionalmente. Puede ser con o sin contrato de relevo.

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    Preguntas frecuentes sobre jubilaciones

    Depende de tus años cotizados. Con cotización completa, a los 65 años. Con menos cotización, la edad va subiendo hasta los 67 años en 2027.

    Sí, existen varias modalidades de jubilación anticipada (voluntaria, por cese no voluntario, por discapacidad), cada una con sus requisitos y descuentos.

    Sí. La jubilación activa permite compatibilizar trabajo y pensión. También existen la jubilación flexible y la parcial.

    El mínimo general es de 15 años, dos de ellos en los últimos 15 años. Para jubilación anticipada los requisitos son más exigentes.