Las reclamaciones de cantidad son aquellas acciones mediante las cuales un trabajador exige el pago de cantidades adeudadas por la empresa, normalmente derivadas de la relación laboral. Para la empresa, su correcta gestión es clave para evitar sanciones, recargos e impactos reputacionales.
A. Fase previa obligatoria:
B. Vía judicial:
Prescripción: 1 año desde que la cantidad es exigible. Es fundamental controlar internamente posibles deudas antes de ese plazo.
A. Prevención:
B. Detección temprana:
C. Actuación ante reclamación:
Nominas pendientes de abono total o parcial al trabajador.
Horas extra realizadas y no retribuidas correctamente segun convenio.
Pluses, incentivos, comisiones o complementos no abonados.
Diferencias salariales por incorrecta aplicacion del convenio colectivo o la categoria profesional.
Cantidades adeudadas por extincion del contrato, vacaciones no disfrutadas o finiquitos.
En caso de reclamación fundada, contacta con un abogado laboralista de AUZIA Legal para orientar el caso y minimizar el impacto.




Revision completa de nominas, convenio y conceptos salariales para detectar riesgos.
Analisis de la probabilidad de condena y coste economico frente a un posible acuerdo.
Representacion en el SMAC buscando acuerdos favorables cuando la deuda es clara.
Preparacion de documentacion justificativa y representacion ante el juzgado de lo social.
Verificamos la deuda real revisando contratos, nominas y convenio aplicable.
Valoramos si es mejor negociar un acuerdo o defender la posicion en juicio.
Representacion en el acto de conciliacion ante el SMAC.
Si no hay acuerdo, preparamos la defensa con documentacion solida.
El plazo de prescripcion es de 1 ano desde que la cantidad es exigible.
En salarios, habitualmente el 10% anual de interes por mora.
Si, una reclamacion puede dar lugar a una inspeccion que detecte mas incumplimientos.