La conciliación familiar se refiere a la participación equilibrada de cualquier persona en la vida familiar y en el mercado de trabajo, y está formada por toda una serie de medidas reconocidas en la legislación laboral.
Entre las medidas que se integran bajo este paraguas podemos encontrar opciones diversas: permisos de nacimiento, excedencias laborales, posibilidad de reducción de jornada, adaptación del horario, teletrabajo, entre otras. Gracias a ellas no solo mejora la calidad de vida del trabajador, sino que se protege un área tan importante como los cuidados dentro de la familia.
En España, la conciliación abarca derechos recogidos principalmente en el Estatuto de los Trabajadores. Cualquier trabajador que cumpla los requisitos tiene derecho a solicitarlos, sin que la empresa pueda negarse a reconocerlos en los términos que recoja la ley.
Solicitar cambios en tu horario para atender responsabilidades familiares.
Por cuidado directo de menor de 12 años, persona discapacitada o familiar dependiente.
Cuando el turno actual es incompatible con las necesidades de conciliación familiar.
Solicitar trabajo a distancia cuando sea posible para conciliar la vida familiar y laboral.
Suspensión del contrato con reserva del puesto de trabajo para dedicarte al cuidado familiar.
Te ayudamos a ejercer tus derechos de conciliación con asesoramiento claro y acompañamiento en todo el proceso.




Revisamos tu caso para determinar qué medidas de conciliación puedes solicitar.
Preparamos la solicitud por escrito explicando la medida que necesitas y por qué.
Te acompañamos durante el periodo de negociación de 30 días con la empresa.
Si no hay acuerdo, acudimos al juzgado de lo social. Procedimiento rápido y preferente.
Solicita por escrito la medida de conciliación que necesitas, explicando qué pides y por qué.
La empresa debe abrir un proceso de negociación con el trabajador en un plazo de 30 días.
Puede aceptar, proponer una alternativa o denegar justificando con razones organizativas o productivas.
Si no hay acuerdo, puedes acudir al juzgado de lo social. El procedimiento es rápido y preferente.
Cualquier trabajador que cumpla los requisitos del Estatuto de los Trabajadores para la medida que desee solicitar.
Puede proponer alternativas o denegar, pero debe justificarlo. Si no estás de acuerdo, puedes reclamar judicialmente.
Depende de las circunstancias personales y familiares. Existe un amplio catálogo de medidas que se aplican en diferentes casos.