Si tu empresa te ha impuesto una sanción, no significa que sea definitiva ni que tengas que aceptarla sin más. Como trabajador, puedes revisarla y, si no estás de acuerdo, impugnarla.
Las sanciones deben estar previstas en el convenio colectivo o en el Estatuto de los Trabajadores, y además deben ser proporcionales a la conducta que se te atribuye. Si no se cumplen estos requisitos, la sanción puede anularse.
El plazo para impugnar una sanción ante el juzgado de lo social es de 20 días hábiles desde que te la notifican. Por eso es importante actuar con rapidez y consultar cuanto antes.
La empresa te suspende de empleo y sueldo por una supuesta falta grave o muy grave.
Recibes una amonestación formal que puede afectar a tu expediente laboral.
La sanción impuesta no guarda proporción con la conducta que se te atribuye.
La empresa no ha seguido el procedimiento establecido en el convenio o la ley.
No aceptes una sanción sin revisarla. Un abogado laboralista puede analizar si es proporcional, si se ha seguido el procedimiento correcto y si conviene impugnarla.




Analizamos si la sanción está prevista en el convenio y si es proporcional a la conducta.
Verificamos que la empresa ha seguido el procedimiento correcto y que no ha prescrito la falta.
Presentamos la impugnación ante el juzgado de lo social dentro del plazo de 20 días hábiles.
Te representamos y defendemos durante todo el procedimiento judicial.
La empresa debe comunicar la sanción por escrito con los hechos imputados y la fecha.
Si te piden firmar, hazlo añadiendo "no conforme". Solo confirmas que la has recibido.
Las sanciones deben estar previstas en el convenio y ser proporcionales a la conducta atribuida.
Las sanciones pueden impugnarse ante el juzgado de lo social en un plazo de 20 días hábiles.
Un abogado laboralista puede revisar la sanción y valorar si la empresa ha actuado correctamente.
No. Puedes firmar «no conforme» y tienes 20 días hábiles para impugnarla ante el juzgado de lo social.
Si no impugnas en 20 días hábiles, la sanción se considera firme y no podrás reclamar después.
Sí, la acumulación de sanciones puede justificar un despido disciplinario. Por eso es importante impugnar las que no sean procedentes.